Las empresas del sector industrial y agrario podrían verter mayores cantidades de sustancias contaminantes a las fuentes hídricas del país. El Ministerio de Comercio e Industrias (Mici) tiene un proyecto de reformas al reglamento técnico de aguas residuales, conocido como normas COPANIT 35 - 2000, que busca aumentar los límites permisibles de sustancias que contienen metales pesados y plaguicidas a las fuentes hídricas.
El incremento en algunas sustancias es hasta un 55% del nivel establecido en el reglamento vigente, que data del año 2000, cuando el Mici oficializó esas normas, establecidas por el Ministerio de Salud y la Autoridad Nacional del Ambiente.
Con las reformas, sustancias como el manganeso —que actualmente la norma permite una descarga de 0.3 miligramos por litro de agua— aumentaría a 2 miligramos por litro de agua que las empresas descargarían a las fuentes hídricas.
El níquel aumenta de 0.2 a 0.5 miligramos por litro de agua. Ver infografía.
El proyecto de reformas _que entre sus objetivos establece la protección ambiental y prevenir la contaminación de aguas continentales y marinas_ está en el periodo de consulta ciudadana hasta el próximo 1 de agosto.
Las voces en contra de la iniciativa se empiezan a oír. La Cámara Panameña de Empresas Consultoras Ambientales (Capeca) considera que las reformas flexibilizan las normas de protección ambiental. Dos representantes del gremio _que prefirieron mantener el anonimato, pero que hablaron en nombre del grupo empresarial_ señalaron que las reformas al reglamento se realizaron sin ningún estudio científico que lo respalde.
Una realidad que viola el Decreto Ejecutivo N° 58 del 16 de marzo de 2000, que regula el procedimiento para la elaboración de normas de calidad ambiental y límite máximo permisible de sustancias químicas a las fuentes hídricas.
El artículo 15 establece que ‘los comités técnicos, en cada caso, dispondrán el desarrollo de los estudios científicos y técnicos que permitan fundamentar adecuadamente el anteproyecto de norma’.
Pero eso no es todo. Las reformas también flexibilizan los monitoreos a las empresas. Actualmente la norma establece como máximo realizar cinco monitoreos al mes, dependiendo del volumen de descarga de una empresa. Con las reformas, los monitoreos bajan a una vez por mes como máximo.
Además, las empresas presentarán un informe anual sobre sus descargas residuales, a diferencia del reglamento actual que establece cada tres meses.
Para los representantes de Capeca, estas reformas no solo traerían problemas de contaminación ambiental, sino también de salud pública. Al aumentar el volumen de contaminación en los ríos con sustancias de metales pesados (plomo) estarían afectando la cadena alimenticia.
A pesar de que a la oficina de Relaciones Públicas del Mici se le envió, el pasado miércoles, un correo solicitando una opinión al respecto, hasta ayer la entidad no había respondido.
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